Art. 159. Deducción por inversiones en evaluación y exploración de recursos naturales no renovables.
ModificadoI - Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Contenido vigente
*Las inversiones necesarias realizadas de conformidad con el numeral 4 del articulo 74-1 de este estatuto, serán amortizables de conformidad con lo establecido en el articulo 143-1.
Resaltados y anotaciones
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Timeline de modificaciones (1)
Leyes modificatorias identificadas
Referencias cruzadas
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Concordancias
Doctrina DIAN
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