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Explorador/Libro Primero/Art. 200
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Art. 200. Contratos por servicios de construcción

Modificado

I - Impuesto sobre la Renta y Complementarios

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Contenido vigente

*Para las actividades de servicios de construcción se aplicarán las siguientes reglas:

1. Los ingresos, costos y deducciones del contrato de construcción se reconocerán considerando el método de grado de realización del contrato.

2. Para la aplicación de este método, se elaborará al comienzo de la ejecución del contrato un presupuesto de ingresos costos y deducciones totales del contrato y atribuir en cada año o período gravable la parte proporcional de los ingresos del contrato que corresponda a los costos y deducciones efectivamente realizados durante el año. La diferencia entre la parte del ingreso así calculada y los costos y deducciones efectivamente realizados constituye la renta líquida del respectivo año o período gravable.

3. Cuando sea probable que los costos totales del contrato vayan a exceder de los ingresos totales derivados del mismo las pérdidas esperadas contabilizadas no serán deducibles para efecto del impuesto sobre la renta y complementarios, solo hasta el momento de la finalización del contrato, en la medida que se haya hecho efectiva.

Parágrafo 1. El presupuesto del contrato debe estar suscrito por arquitecto, ingeniero u otro profesional especializado en la materia, con licencia para ejercer.

Parágrafo 2. Los contribuyentes que realicen esta actividad deben llevar contabilidad.

Parágrafo 3. Cuando en esencia económica el contribuyente no preste un servicio de construcción, sino que construya un bien inmueble para destinarlo a la venta en el curso ordinario de sus operaciones, para su uso o para ser destinado como una propiedad de inversión, se considerarán las reglas previstas para los inventarios y activos fijos, contempladas en este Estatuto.

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Timeline de modificaciones (1)

2016
Ley 1819 de 2016ModificadoArt. 97

Leyes modificatorias identificadas

Ley 1819 de 2016

Referencias cruzadas

Referenciado por (1)

Art. 290

Concordancias

Doctrina DIAN: 2 concepto(s) relacionado(s). Jurisprudencia: 13 sentencia(s) relacionada(s)

Doctrina DIAN

oficio 6083 (2023-01-01): (Int 1105) Impuesto sobre la Renta y Complementarios - Contratos de colaboración empresarial - Contratos de servicios autónomos - Contratos por servicios de construcción oficio 901713 (2022-03-07): Impuesto nacional al consumo, restaurante de hoteles

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Art. 240

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Art. 206

Rentas de trabajo exentas.

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Art. 257

Descuento por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.

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Art. 260-7

Jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferenciales.

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Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones1
Ultima mod.2016
Complejidad3/10
Normas0

Referencias

Referencia a0 arts.
Referenciado por1 arts.
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