Art. 79. Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo.
VigenteI - Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Contenido vigente
El valor de los pagos o abonos en especie que sean constitutivos de costos, se determinará conforme a lo señalado para los ingresos en el artículo 29.
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Referencias cruzadas
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Concordancias
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