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Explorador/Libro Tercero/Art. 491
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Art. 491. En la adquisición de activo fijo no hay descuento.

Modificado

III - Impuesto sobre las Ventas

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Contenido vigente

*El impuesto sobre las ventas por la adquisición o importación de activos fijos no otorgará descuento, excepto en el caso establecido en el artículo 485-2".

Parágrafo. En ningún caso el beneficio previsto en este artículo podrá ser utilizado en forma concurrente con el que consagra el artículo 258-2 del Estatuto Tributario.

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Timeline de modificaciones (3)

2018
Ley 1943 de 2018DerogadoArt. 122
2016
Ley 1819 de 2016Modificado2 eventosArt. 191

Leyes modificatorias identificadas

Ley 1819 de 2016Ley 1943 de 2018

Referencias cruzadas

Este artículo referencia (2)

Art. 485-2Art. 258-2

Concordancias

Doctrina DIAN: 3 concepto(s) relacionado(s)

Doctrina DIAN

oficio 8857 (2025-07-08): Impuesto Sobre las Ventas - IVA oficio 901983 (2022-03-15): (Int 030) Retención en la Fuente Pérdida de Fuerza Ejecutoria oficio 901870 (2022-03-10): Impuesto sobre las ventas - Activos fijos

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Art. 477

Bienes que se encuentran exentos del impuesto.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 476

Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 485

Impuestos descontables.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 512-1

Impuesto nacional al consumo.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 437-2

Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 481

Bienes exentos con derecho a devolución bimestral.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones3
Ultima mod.2018
Complejidad3/10
Normas0

Referencias

Referencia a2 arts.
Referenciado por0 arts.
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