Art. 594-3. Otros requisitos para no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta.
ModificadoV - Procedimiento Tributario
Contenido vigente
*Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 592, para no estar obligado a presentar declaración de renta y complementarios se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:
a. Que los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año gravable no excedan la suma de1.400 UVT;
b. Que el total de compras y consumos durante el año gravable no superen la suma de 1.400 UVT;
c. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año gravable no exceda de 1.400 UVT.
Resaltados y anotaciones
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Timeline de modificaciones (2)
Leyes modificatorias identificadas
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Referencias cruzadas
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Concordancias
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Art. 869
Abuso en materia tributaria.
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Art. 588
Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor.
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Art. 617
Requisitos de la factura de venta.
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Art. 674
Errores de verificación.
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Art. 675
Inconsistencia en la información remitida.
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