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Explorador/Libro Sexto/Art. 882
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Art. 882. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).

Modificado

VI - Gravamen a los Movimientos Financieros

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Contenido vigente

*Para efectos de lo previsto en este Titulo, son entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE), aquellas que cumplen con la totalidad de los requisitos siguientes:

1. La ECE es controlada por uno o más residentes fiscales colombianos en los términos de cualquiera de las siguientes disposiciones:

a) Se trata de una subordinada en los términos de los numerales i, ii., iv. y v del literal b del numeral 1 del artículo 260-1 de este Estatuto; o,

b) Se trata de un vinculado económico del exterior en los términos de cualquiera de los literales del Numeral 5 del artículo 260-1 de este estatuto.

2. La ECE no tiene residencia fiscal en Colombia.

Parágrafo 1. Las ECE comprenden vehículos de inversión tales como sociedades, patrimonios autónomos, trusts, fondos de inversión colectiva, otros negocios fiduciarios y fundaciones de interés privado, constituidos, en funcionamiento o domiciliados en el exterior, ya sea que se trate de entidades con personalidad jurídica o sin ella, o que sean transparentes para efectos fiscales o no.

Parágrafo 2. Se presume que los residentes fiscales tienen control sobre las ECE que se encuentren domiciliadas, constituidas o en operación en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula imposición o a entidades sometidas a un régimen tributario preferencial en los términos del articulo 260-7 del Estatuto Tributario, independientemente de su participación en ellas.

Parágrafo 3. Para efectos de determinar la existencia o no de control en los términos del numeral 1 del articulo 260-1 del Estatuto Tributario, la tenencia de opciones de compra sobre acciones o participaciones en el capital de la ECE, se asimila a la tenencia de las acciones o participaciones directamente.

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Timeline de modificaciones (1)

2016
Ley 1819 de 2016AdicionadoArt. 139

Leyes modificatorias identificadas

Ley 1819 de 2016

Referencias cruzadas

Este artículo referencia (2)

Art. 260-1Art. 260-7

Referenciado por (1)

Art. 883

Concordancias

Doctrina DIAN: 9 concepto(s) relacionado(s). Jurisprudencia: 1 sentencia(s) relacionada(s)

Doctrina DIAN

oficio 15498 (2025-11-04): Otros Temas oficio 11799 (2025-08-26): Impuesto sobre la Renta y Complementarios oficio 3631 (2024-06-04): Otras Disposiciones oficio 907162 (2022-09-27): ¿El Régimen ECE resulta aplicable a contribuyentes del Régimen SIMPLE aún cuando no son contribuyentes del impuesto sobre la renta? oficio 913685 (2021-11-08): ¿Cómo debe declarar la sociedad colombia este ingreso en aplicación del régimen ECE, si a partir de la Decisión 578 de 2004, este sería un ingreso pasivo exento o no gravado?

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Art. 910

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Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 892

Descuento por impuestos pagados en el exterior por la ECE.

Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 879

Exenciones del GMF.

Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 890

Renta liquida gravable.

Libro VI - GMF · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones1
Ultima mod.2016
Complejidad4/10
Normas0

Referencias

Referencia a2 arts.
Referenciado por1 arts.

Doctrina DIAN

1 documento interpretan el Art. Art. 882

Concepto 003789 de 2025VigenteVigente: norma en pleno vigor y aplicable actualmente.

Regimen de entidades controladas del exterior (ECE)

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