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Explorador/Libro Quinto/Art. 739
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Art. 739. Recurso contra providencias que sancionan a contadores publicos o revisores fiscales.

Vigente

V - Procedimiento Tributario

Consultar al asistente IA

Contenido vigente

*Contra la providencia que impone la sanción de que tratan el artículo 660 y artículo 661, procede únicamente el recurso de reposición por la vía gubernativa, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la providencia respectiva. Este recurso deberá ser resuelto por un comité integrado por el jefe de la División de Programación y Control de la Subdirección Jurídica, y por el Jefe de la División de Programación y Control de la Subdirección de Fiscalización, o quienes hagan sus veces.

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Normas relacionadas

- En criterio del editor para la interpretación de este artículo debe tenerse en cuenta que el texto original del artículo 660 del Estatuto Tributario no hacía ninguna anotación sobre los recurso que procedían a las sanciones en él impuesta El tema de los recurso fue tratado en este artículo. Sin embargo al ser modificado por la Ley 6 de 1992, se incluyó el siguiente texto: “…Esta sanción será impuesta mediante resolución por el Administrador de Impuestos respectivo y contra la misma procederá recurso de apelación ante el Subdirector General de Impuestos, el cual deberá ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sanción”.

Referencias cruzadas

Este artículo referencia (2)

Art. 660Art. 661

Concordancias

Doctrina DIAN: 2 concepto(s) relacionado(s)

Doctrina DIAN

oficio 21021 (2025-12-30): Otros Temas oficio 2483 (2023-04-17): (Int 461) Recurso de reposición - Recurso de reconsideración

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Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

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Requisitos de la factura de venta.

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Errores de verificación.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Normas relacionadas
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
vigente
Modificaciones0
Ultima mod.N/A
Complejidad3/10
Normas1

Referencias

Referencia a2 arts.
Referenciado por0 arts.
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