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Explorador/Libro Quinto/Art. 816
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Art. 816. Término para solicitar la compensación.

Modificado

V - Procedimiento Tributario

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Contenido vigente

*La solicitud de compensación de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar. Para la compensación de impuestos de que trata el inciso segundo del parágrafo del artículo 815 de este Estatuto, este término será de un mes, contado a partir de la fecha de presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al periodo gravable en el cual se generaron los respectivos saldos.

Cuando el saldo a favor de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios o sobre las ventas, haya sido modificado mediante una liquidación oficial y no se hubiere efectuado la compensación, la parte rechazada no podrá solicitarse aunque dicha liquidación haya sido impugnada, hasta tanto se resuelva definitivamente sobre la procedencia del saldo.

Parágrafo. En todos los casos, la compensación se efectuará oficiosamente por la Administración cuando se hubiese solicitado la devolución de un saldo y existan deudas fiscales a cargo del solicitante.

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Timeline de modificaciones (1)

2012
Ley 1607 de 2012ModificadoArt. 65

Leyes modificatorias identificadas

Ley 1607 de 2012

Referencias cruzadas

Este artículo referencia (1)

Art. 815

Referenciado por (1)

Art. 477

Concordancias

Doctrina DIAN: 5 concepto(s) relacionado(s). Jurisprudencia: 2 sentencia(s) relacionada(s)

Doctrina DIAN

oficio 10156 (2025-07-29): Procedimiento Tributario oficio 0521 (2023-02-02): Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés - Saldos a favor oficio 900221 (2022-01-13): Devolución del impuesto sobre las ventas oficio 915328 (2021-12-15): Procedimiento tributario - Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés oficio 915281 (2021-12-15): Corrección de las declaraciones tributarias

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Compensación con saldos a favor.

Libro V - Procedimiento · Referenciado directamente por este artículo

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Bienes que se encuentran exentos del impuesto.

Libro III - IVA · Menciona este artículo en su texto

Art. 651

Sanción por no enviar información.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 657

Sanción de clausura del establecimiento.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 869

Abuso en materia tributaria.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 588

Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 617

Requisitos de la factura de venta.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 674

Errores de verificación.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones1
Ultima mod.2012
Complejidad3/10
Normas0

Referencias

Referencia a1 arts.
Referenciado por1 arts.
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