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Explorador/Libro Tercero/Art. 447
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Art. 447. En la venta y prestación de servicios, regla general.

Modificado

III - Impuesto sobre las Ventas

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Contenido vigente

En la venta y prestación de servicios, la base gravable será el valor total de la operación, sea que ésta se realice de contado o a crédito, incluyendo entre otros los gastos directos de financiación ordinaria, extraordinaria, o moratoria, accesorios, acarreos, instalaciones, seguros, comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado y aunque, considerados independientemente, no se encuentren sometidos a imposición.

*Parágrafo. Sin perjuicio de la causación del impuesto sobre las ventas, cuando los responsables del mismo financien a sus adquirentes o usuarios el pago del impuesto generado por la venta o prestación del servicio, los intereses por la financiación de este impuesto, no forman parte de la base gravable.

Resaltados y anotaciones

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Timeline de modificaciones (1)

1990
Ley 49 de 1990AdicionadoArt. 34

Leyes modificatorias identificadas

Ley 49 de 1990

Referencias cruzadas

Referenciado por (4)

Art. 457-1Art. 462Art. 463Art. 476

Concordancias

Doctrina DIAN: 49 concepto(s) relacionado(s). Jurisprudencia: 6 sentencia(s) relacionada(s)

Doctrina DIAN

oficio 2390 (2023-03-01): (255) Impuestos ambientales - Adición al Concepto General sobre el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes oficio 0641 (2023-01-20): Cocepto General sobre el Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso - Impuestos ambientales oficio 4647 (2024-07-11): Otras Disposiciones oficio 11383 (2024-06-11): (Int 433) Compilación de la doctrina oficial sobre la Ley 2277 de 2022 (4o versión) oficio 3028 (2024-02-14): (Int 087) Compilación de la doctrina oficial sobre la Ley 2277 de 2022 (3o versión)

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Art. 462

Base gravable para el servicio telefónico.

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Art. 477

Bienes que se encuentran exentos del impuesto.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 485

Impuestos descontables.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 512-1

Impuesto nacional al consumo.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 437-2

Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas.

Libro III - IVA · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones1
Ultima mod.1990
Complejidad2/10
Normas0

Referencias

Referencia a0 arts.
Referenciado por4 arts.
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