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Explorador/Libro Quinto/Art. 676
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Art. 676. Extemporaneidad en la entrega de la información.

Modificado

V - Procedimiento Tributario

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Contenido vigente

*Cuando las entidades autorizadas para recaudar impuestos incumplan los términos fijados y lugares señalados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la entrega de los documentos recibidos, así como para entregar la información correspondiente a esos documentos en medios electrónicos o en los mecanismos que se determinen para la grabación y transmisión, incurrirán en las siguientes sanciones, por cada documento:

1. De uno (1) a cinco (5) días de retraso, una sanción de una (1) UVT.

2. De seis (6) a diez (10) días de retraso, una sanción dos (2) UVT.

3. De once (11) a quince (15) días de retraso, una sanción de tres (3) UVT.

4. De quince (15) a veinte (20) días de retraso, una sanción de cuatro (4) UVT.

5. De veinte (20) a veinticinco (25) días de retraso, una sanción de cinco (5) UVT.

6. Más de veinticinco (25) días de retraso, una sanción de ocho (8) UVT.

Los términos se contaran por días calendario, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo para la entrega de los documentos o la información correspondiente a los documentos, hasta el día de su entrega efectiva.

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Timeline de modificaciones (1)

2016
Ley 1819 de 2016ModificadoArt. 297

Leyes modificatorias identificadas

Ley 1819 de 2016

Normas relacionadas

Corte Constitucional: - Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-893-02 de 22 de octubre de 2002, Magistrado Ponente Dr. Alfredo Beltrán Sierra, 'por el cargo propuesto en la demanda'.

Referencias cruzadas

Referenciado por (4)

Art. 640Art. 676-2Art. 676-3Art. 678

Concordancias

Jurisprudencia: 1 sentencia(s) relacionada(s)

Doctrina DIAN

oficio 1973 (2019-07-30): (Int 1973) Principio de favorabilidad en etapa de cobro oficio 28598 (2019-11-18): ¿Es aplicable el concepto de reincidencia frente a la sanción de clausura del establecimiento, con posterioridad a la Ley 1819 de 2016? oficio 24708 (2019-09-30): Principio de favorabilidad en etapa de cobro oficio 17180 (2019-07-03): Principio de favorabilidad en etapa de cobro oficio 15469 (2019-06-12): Principio de favorabilidad en etapa de cobro

Artículos relacionados

Art. 640

La reincidencia aumenta el valor de las sanciones.

Libro V - Procedimiento · Menciona este artículo en su texto

Art. 676-2

Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio de las entidades autorizadas para recaudar.

Libro V - Procedimiento · Menciona este artículo en su texto

Art. 676-3

Sanción mínima y máxima en el régimen sancionatorio de las entidades autorizadas para recaudar.

Libro V - Procedimiento · Menciona este artículo en su texto

Art. 678

Competencia para sancionar a las entidades recaudadoras.

Libro V - Procedimiento · Menciona este artículo en su texto

Art. 651

Sanción por no enviar información.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 657

Sanción de clausura del establecimiento.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 869

Abuso en materia tributaria.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Art. 588

Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor.

Libro V - Procedimiento · Relevante dentro del mismo libro del ET

Tabla de contenido

  • Contenido vigente
  • Timeline de modificaciones
  • Normas relacionadas
  • Referencias cruzadas
  • Concordancias y doctrina
  • Artículos relacionados
modificado
Modificaciones1
Ultima mod.2016
Complejidad3/10
Normas1

Referencias

Referencia a0 arts.
Referenciado por4 arts.
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