Art. 246-1. Régimen de transición para el impuesto a los dividendos.
ModificadoI - Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Contenido vigente
*Lo previsto en el artículo 242, artículo 245, artículo 246, artículo 342, artículo 343 de este Estatuto y demás normas concordantes solo será aplicable a los dividendos que se repartan con cargo a utilidades generadas a partir del año gravable 2017.
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Timeline de modificaciones (2)
Leyes modificatorias identificadas
Referencias cruzadas
Concordancias
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